Ayudas para vehículos eléctricos

  • Puntos de recarga para coches eléctricos.
  • Sistema de alquiler de bicicletas eléctricas.
  • Medidas de movilidad sostenible.

SI estás pensando en instalar un punto de recarga para tu coche eléctrico o tienes en la cabeza un proyecto que ayude a desarrollar la movilidad sostenible como por ejemplo un sistema de alquiler de bicicletas eléctricas o cualquier otro para facilitar la movilidad utilizando sistemas de transporte innovadores y eficientes, pon atención a la información que tenemos para compartir. Está relacionada el plan MOBES II impulsado por el IVACE para proyectos que se desarrollen dentro de la Comunidad Valenciana y que busca impulsar sistemas de transporte que ayuden a reducir la emisión de CO2.

Desde Maygmó estamos comprometidos desde hace tiempo con el desarrollo de energías limpias provenientes de fuentes renovables, desde hace tiempo contamos con un punto de recarga para coches eléctricos y disfrutamos de los beneficios de autoconsumo fotovoltaico.

Te invitamos a participar de esta revolución energética y a aprovechar las ayudas que los organismos públicos están dando para impulsar el desarrollo de energías renovables en el marco de las actuaciones relacionadas con el horizonte 2050.

El programa Moves II – Infraestructuras convocado por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial IVACE, ofrece ayudas para la implantación de puntos de recarga de vehículos eléctricos, sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas y medidas de movilidad sostenible al trabajo, en el marco del programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (MOVES II).

El objetivo del programa es fomentar la disminución de las emisiones de CO2 y de otras emisiones contaminantes, la mejora de la calidad del aire, el ahorro energético y la diversificación de las fuentes energéticas en el transporte, de esta forma se busca disminuir la dependencia de los combustibles fósiles.

PERSONAS QUE PODRÁN RECIBIR EL BENEFICIO

  1. Los profesionales autónomos, que estén dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • Las personas físicas mayores de edad, a excepción de los casos de discapacidad, que podrán ser menores de edad, no incluidas en el anterior apartado.
  • Las Comunidades de propietarios con domicilio en la Comunidad Valenciana, que habrán de cumplir con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en particular con lo establecido en su artículo 11.3.
  • Las personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud de ayuda, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R o W.
  • Las entidades locales conforme al artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y el sector público institucional de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

IMPORTNATE: El proyecto objeto de la ayuda deberá encontrarse dentro del territorio de la Comunidad Valenciana y deben corresponder a proyectos relacionados con los siguientes tipos:

  1. Implantación de infraestructura para recarga de coches eléctricos.

Límite de ayudas 100.000 euros por destinatario último.

  • Implantación de sistema de préstamos de bicicletas eléctricas.

La ayuda será del 30% del coste subvencionable y establece una actuación límite de 100.000 euros por destinatario último.

  • Implantación de medidas de movilidad sostenible al trabajo.

En este apartado podrán participar proyectos de carácter público y privado desarrollando proyectos relacionados con:

  • Actuaciones que faciliten el acceso al centro de trabajo a pie o en bicicleta (inversión en aparcamiento de bicicletas, dotación de vestuarios, etc.)
  • Disposición de líneas específicas de transporte colectivo y autobuses lanzadera a los centros de trabajo o actividad.
  • Actuaciones para facilitar y fomentar el uso del transporte público o colectivo.
  • Plataformas y sistemas de vehículos compartidos.
  • Medidas de fomento de desplazamientos individuales a pie, en bicicleta, en moto o en otros medios de desplazamiento unipersonal.
  • Medidas de refuerzo del transporte público que permitan a este modo de transporte ganar la confianza de los usuarios y fomentar su uso.

PLAZOS Y FECHAS.

Las solicitudes podrás presentarse desde el 07 de octubre de 2020 hasta el 07 de octubre de 2021.

Los proyectos podrán iniciar a partir de la presentación de la solicitud.

El periodo subvencionable de gastos va desde la solicitud hasta la fecha de justificación.

La fecha máxima para justificar los proyectos es de 8 meses después de la notificación de la concesión de la ayuda.

DOCUMENTACIÓN.

Se debe presentar el impreso de la solicitud, una memoria técnica del proyecto y otra documentación complementaria de carácter administrativo.

Puedes aclarar todas tus dudas llamando al teléfono 963 536 734 (lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas) o escribiendo un correo electrónico a moves.ivace@gva.es

Todo el detalle de la convocatoria lo encuentras en el siguiente enlace: http://moves.ivace.es/es/moves-ii-infraestructuras